Una reforma impostergable
Quien tenga la valentía de empuñar un arma y arrebatar una vida, debe enfrentar las consecuencias y cumplir una condena en la cárcel. Sin embargo, esta semana sufrimos al ver cómo una niña de ...
Quien tenga la valentía de empuñar un arma y arrebatar una vida, debe enfrentar las consecuencias y cumplir una condena en la cárcel. Sin embargo, esta semana sufrimos al ver cómo una niña de 7 años fue asesinada en La Plata y uno de los criminales que tiene 14 años, por las leyes actuales, no irá preso. Ya estará libre para volver a matar. Por eso, desde el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Seguridad en julio del año pasado presentamos un proyecto de ley para bajar la edad de imputabilidad de 16 a 13 años. Pero el Congreso de la Nación sigue sin tratarla.
En la actualidad, para los jóvenes menores de 16 años que cometen delitos graves como homicidios o robos con armas, la ley contempla un sistema tutelar en el que solo puede imponérseles una “medida de seguridad”, que no implica una sanción penal o una condena propiamente dicha.
Entre 2024 y lo que transcurrió de 2025, más de 37 menores de 16 años cometieron delitos graves, como homicidios y robos con armas, y hoy están libres. Un chico de 13 años cometió un homicidio agravado por alevosía en José C. Paz y en patota asesinó a patadas, trompadas y piedrazos. Un chico de 14 años cometió 30 robos en Río Cuarto, Córdoba. Un chico de 15 años apuñaló a un menor para robarle el celular en Comodoro Rivadavia, Chubut. Otro de la misma edad le dio dos disparos en la espalda a una víctima para robarle el celular en La Matanza, Buenos Aires. Y un sicario de 15 años asesinó a un repositor de una estación de servicio en Rosario. Esta reseña no es exhaustiva, pero sí ejemplificativa, y no deja lugar a dudas: exige al Congreso sancionar de modo urgente un nuevo régimen penal juvenil.
El mundo, la sociedad, la ciencia y la criminalidad han cambiado en casi medio siglo. Los jóvenes de nuestros días no presentan, desde múltiples aspectos, las mismas características que se tuvieron en cuenta en 1980 cuando se sancionó la ley 22.278 que regula hasta la actualidad la responsabilidad penal de los menores de edad. En ese entonces, se fijó la edad de imputabilidad de acuerdo a la realidad, el contexto cultural y el grado de desarrollo cognitivo que la ciencia reconocía a los menores de esa franja etaria en aquel momento. Hoy existen otros riesgos como el empleo habitual de drogas y, en muchos casos, falta de educación.
A esta altura del siglo 21, ya no es sensato considerar que una persona de 13 años no comprende que está prohibido disparar un arma con ánimo homicida contra otra o cometer un robo violento. A esta edad los chicos entienden lo que están haciendo, comprenden la criminalidad del acto y actúan con capacidad, discernimiento y dolo. No se trata de que el menor conozca el Código Penal sino reconocer que ciertas conductas conllevan consecuencias para su autor si afectan a terceros, provocan daños o lesionan el bien común. Según un profesor de derecho penal reconocido, la comprensión de la prohibición (imputabilidad) no requiere de una reflexión consciente del derecho, pero sí al menos una experiencia liminar sobre el injusto del comportamiento. Es evidente que una persona, a partir de los 13 años, está en condiciones de discernir “liminalmente” sobre la injusticia de sus actos.
Esto no significa, como suele objetarse livianamente desde sectores progresistas, criminalizar a sectores vulnerables, sino adecuar nuestro marco normativo a la realidad, el sentido común y a la experiencia. Por eso otros países de la región que presentan problemáticas análogas fijaron la edad de imputabilidad en edades más bajas. Por ejemplo, en Uruguay es de 13 años y en Brasil o México 12 años.
A su vez, el proyecto de ley que presentamos prevé que el tratamiento penitenciario, además del encierro que necesariamente comporta, se oriente a la educación y resocialización del menor. Queremos que los chicos se encuentren en condiciones de internalizar los valores de la sociedad cuando recuperen su libertad.
La falta de sanción de esta ley por parte del Congreso es percibida como sinónimo de que la ley no está vigente para determinada franja etaria. El menor que comete un delito se burla de la autoridad y de la ley penal. Sabe que es impune.
Por todo lo expuesto, estoy convencido de que el proyecto que enviamos al Congreso hace siete meses es sumamente necesario y debe ser aprobado con la máxima prioridad.
Ministro de Justicia de la Nación
Fuente: https://www.lanacion.com.ar/opinion/una-reforma-impostergable-nid02032025/