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No llevar estos documentos es “imperdonable” si eres inmigrante en EE.UU., según el Uscis

El gobierno de Estados Unidos otorga documentos especiales a los migrantes que tienen un estatus legal en ese país y residen de forma temporal o permanente. De acuerdo con sus leyes, es un requisi...

El gobierno de Estados Unidos otorga documentos especiales a los migrantes que tienen un estatus legal en ese país y residen de forma temporal o permanente. De acuerdo con sus leyes, es un requisito que los extranjeros porten las identificaciones que autorizan su estancia y resulta “imperdonable” no llevarlos, ya que podrían enfrentarse a cometer un delito que se sanciona con multa o cárcel.

A las personas con estatus de residente permanente se les expide una tarjeta como prueba de su presencia legal, que es conocida como green card. De acuerdo con la “Guía para nuevos inmigrantes” del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés), el titular deberá presentarla ante cualquier oficial de inmigración o agente del orden público que se la pida.

Otra tarjeta que deben portar los migrantes que no tienen la green card es el Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés), un permiso se les da a algunos extranjeros para que puedan trabajar en EE.UU. de forma temporal. Por lo general, para solicitarlo, el beneficiario debe presentar el formulario I-765 ante el Uscis, agencia que se encarga de hacer el proceso.

Qué pasa si no llevo mi EAD o mi green card

La Sección 264 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) establece: “A todo extranjero en Estados Unidos que haya sido registrado y se le hayan tomado las huellas digitales conforme a las disposiciones (...) se le expedirá un certificado o una tarjeta de recibo de registro de extranjero en la forma, manera y en el momento que se prescriba en los reglamentos emitidos”.

También explica que los mismos extranjeros, cuando son mayores de 18 años, “deben llevar consigo en todo momento y tener en su posesión el certificado de registro o la tarjeta de recibo que se le haya expedido”, aunque no enlista a cada uno de los documentos, el Uscis señala en diversas publicaciones de su sitio web que tanto la green card, como el EAD, deben llevarse “siempre consigo” por la Ley de Inmigración (INA).

La INA también establece las sanciones a las que se podrían enfrentar un extranjero que no cumpla con el requisito de posesión del documento y de forma textual dice: “Se agrega que quien no cumpla con las disposiciones será culpable de un delito menor y, al ser condenado, se le impondrá una multa que no excederá de 100 dólares o una pena de prisión de no más de 30 días, o ambas”.

La guía de Uscis precisa que los residentes permanentes del país tienen la obligación de obedecer todas las leyes. “Si usted es residente permanente y comete un delito o lo declaran culpable de un delito en Estados Unidos, puede tener serios problemas”.

Agrega que es posible que el extranjero sea expulsado y que no se le permita reingresar, que pierda su estatus y, en ciertas circunstancias, que pierda su elegibilidad para obtener la ciudadanía, un proceso que confiere nuevos derechos, privilegios y responsabilidades. Los residentes permanentes tienen la mayoría de los derechos de los ciudadanos estadounidenses, pero aseguran que hay muchas razones importantes para considerar obtenerla.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/estados-unidos/migraciones/no-llevar-estos-documentos-es-imperdonable-si-eres-inmigrante-en-eeuu-segun-el-uscis-nid25072024/

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