La Justicia archivó la causa en contra de Tolosa Paz por la compra de yerba en supuesto mal estado
La Justicia federal archivó este jueves...
La Justicia federal archivó este jueves la causa en contra de la exministra de Desarrollo Social Victoria Tolosa Paz por la compra de 12 millones de kilos de yerba de “bajísima calidad” por más $18.000 millones, impulsada por Leila Gianni, por entonces Subsecretaria Legal del Ministerio de Capital Humano que comanda Sandra Pettovello. Así, lo resolvió el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 6, a cargo del juez Daniel Eduardo Rafecas, quien descartó un “potencial peligro o daño a la salud” que pudiera ocasionar el alimento. Por eso, y luego de recibir peritajes, desestimó irregularidades en el proceso de licitación.
De esta forma, el fallo de Rafecas ordenó “archivar las presentes actuaciones nro. 2104/2024 del registro de este Tribunal, en las que no se procesó a persona alguna, por inexistencia de delito (Art. 195, segundo párrafo del Código Procesal Penal de la Nación)”.
Entre los argumentos esgrimidos por el magistrado se encuentran dos peritajes realizados por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), y luego por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
“Ambos, arrojaron que los productos correspondientes a las firmas “Sierras del Imán” y “El Buen Ojo”, cuestionadas en la denuncia, son aptos para el consumo de conformidad con los parámetros establecidos por el Código de Alimentos, quedando así descartado el potencial peligro o daño a la salud que pudieran ocasionar en sus destinatarios”, se precisó.
“Con lo cual, despejadas las dudas acerca de la calidad de la yerba mate y su potencial daño a la salud y descartada la posible intervención espuria en el proceso licitatorio por parte de la casa de estudios que analizó dichos productos, no existen otros elementos que avalen la hipótesis de un posible direccionamiento de la licitación en favor de las empresas seleccionadas o permitan comprobar la comisión de alguna conducta delictiva o que resulte susceptible de reproche en este ámbito”, marcó la Justicia.
“Por el contrario, todo indica que los trámites administrativos relativos a la licitación se llevaron adelante dentro de los carriles de legalidad”, aclararon luego. Asimismo, a lo largo del fallo se indica que el Instituto Nacional de la Yerba Mate informó que no había recibido denuncias previas sobre irregularidades en relación con las empresas involucradas en la licitación.
La denuncia de Capital HumanoA fines de mayo, el Ministerio de Capital Humano, presentó ante la Justicia una denuncia contra Tolosa Paz por la adquisición en mal estado de yerba adquirida en el 2023 cuando oficiaba como ministra de Desarrollo Social. La presentación judicial se dio en pleno escándalo por el acopio de más de 5 mil toneladas de alimentos adquiridos durante la anterior gestión anterior en depósitos del Ministerio de Capital Humano.
Fue en esa marco que el juez Sebastián Casanello intimó por ese entonces al Gobierno para que armara un plan de reparto de los alimentos que tenía acopiados y la subsecretaria legal de la cartera aseguró que los productos señalados eran paquetes de yerba de mala calidad.
En relación a la denuncia, fuentes de Capital Humano informaron en aquella oportunidad a LA NACION que el gobierno anterior había aprobado la “licitación en cuestión por una suma total de $18.240.700.000 sin garantizar la seguridad y los controles sanitarios correspondientes″.
Además, remarcaron la cartera que comandaba Tolosa Paz realizó la compra “a favor de empresas ignotas en el mercado yerbatero que comercializan marcas prácticamente desconocidas y de pésima calidad (Sierras del Imán y el Buen Ojo) y sin pasar por el control del Instituto Nacional de la Yerba Mate”.
En ese sentido, Capital Humano detalló que “de informes realizados por especialistas en la materia, se observaron en las muestras de la yerba mate referida lo siguiente: estomas, parénquima lagunoso, dursas y células anexas poligonales características de Ilex Paraguariensis, presencia de vasos espiralados, pelos largos afilados y cristales de oxalato de calcio, por lo que las mismas no se ajusta a los parámetros establecidos por la norma IRAM aplicable”.
Sin embargo, a lo largo del fallo Rafecas estableció que si bien existieron informes iniciales que respaldaban las acusaciones por parte de Capital Humano, se hallaron evidencias que dan cuenta que lo denunciado se sostenía “únicamente por consideraciones vagas y/o genéricas del denunciante, y que no contaban con un respaldo probatorio objetivo, ya que se practicaron medidas probatorias tendientes a verificar las circunstancias relatadas, las cuales no arrojaron un resultado positivo en esa línea”.