La Anmat prohibió el uso y la venta de una marca de repelente de insectos
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió “el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en platafo...
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió “el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea” de una marca de repelente contra insectos. La decisión se debe a que no tiene “registros de establecimiento y de producto”, una situación que lo convierte en ilegal.
La medida del organismo dependiente del Ministerio de Salud -publicada este miércoles en el Boletín Oficial y plasmada en la disposición 7277/2024- se concretó a raíz de varias notificaciones recibidas en el Sistema de Cosmetovigilancia de la Anmat en relación con el repelente marca Elohin Coof. Tras una consulta en su base de datos, “no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan” con los obrantes” en el producto en cuestión.
Ante la falta de información, se hizo una fiscalización en medios electrónicos en busca de sitios web o publicaciones en plataformas de venta online donde se lo comercializara. Una vez encontrado, tomó intervención el “Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria” a fin de que gestionen la baja de las publicaciones de venta electrónicas.
En este sentido, las restricciones dispuestas por la Anmat se desprenden de las infracciones al artículo 19 la Ley N°16.463 -que establece la prohibición de “la elaboración, tenencia, fraccionamiento, circulación, distribución y entrega al público de productos impuros o ilegítimos”-, así como a la Resolución 155/98 que señala que “quedan sometidas a la presente Resolución la importación, exportación, elaboración, envasado y depósito de los Productos Cosméticos, para la Higiene Personal y Perfumes, y las personas físicas o jurídicas que intervengan en dichas actividades”.
En este sentido, “a fin de proteger a eventuales usuarios del producto involucrado, toda vez que se trata de un producto cosmético no inscripto ante la ANMAT, del que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración y sobre el cual no resulta posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomendó prohibir el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto de origen nacional denominado “repelente de insectos marca Elohin Coof en todos sus lotes, presentaciones y contenidos netos”.