Generales Escuchar artículo

En la Justicia laboral ajustan las indemnizaciones con criterios tan disimiles como los magistrados

La Cámara Laboral, con vacantes que afectan a un tercio de sus magistrados, está dictando sentencias donde ajusta el pago de indemnizaciones por juicios laborales con criterios tan dispares como ...

La Cámara Laboral, con vacantes que afectan a un tercio de sus magistrados, está dictando sentencias donde ajusta el pago de indemnizaciones por juicios laborales con criterios tan dispares como sus integrantes, al punto que la Corte ya anuló dos veces fallos “desproporcionados” ´por estas diferencias.

El tribunal, está dividido con una fuerte influencia del kirchnerismo en el dictado de las sentencias en las que no hay un criterio uniforme: algunos jueces aplican solo el índice de inflación, otros le suman un 3 % otros el 6 % otros aplican el CER y otros le suman el 6 %, según un relevamiento entre las sentencias dictadas en la última semana de agosto, realizado por LA NACION.

De hecho en la política hablan del fuero laboral como el último foco de la resistencia del kirchnerismo ante lo que interpretan que son los avances del Gobierno.

Los fallos de la Cámara Laboral son públicos y se pueden consultar en el sitio web del Poder Judicial por número de expediente. Un cuadro que resume los criterios es el siguiente: Sala 1 aplica IPC + 6%; Sala 2 aplica IPC + 3%; Sala 3 aplica CER + 6%; Sala 4 aplica IPC + 3%; Sala 5, IPC + 3%; Sala 6, IPC + 3%; Sala 7, IPC + 3%; Sala 8, sólo CER; Sala 9, IPC + 3%; y Sala 10, sólo el IPC.

Esta dispersión hace que las sentencias donde se fijan los ajustes difieran en sumas millonarias entre una y otra sala, según le caiga en suerte al trabajador o al empresario.

Esta dispersión en las sentencias se dio luego de que la Corte Suprema anulara dos actas donde el tribunal había dispuesto criterios diferentes para ajustar los juicios laborales por “desproporcionados”. Los camaristas aplicaron en un principio, intereses sobre intereses no previstos en la ley y luego una tasa de interés que multiplicó por 20.000 los montos establecidos en los fallos de primera instancia.

Y aquí, según algunas interpretaciones, al aplicar interés sobre el CER o interés sobre el IPC, se estaría nuevamente incurriendo en “anatocismo”, que es la acción de cobrar intereses sobre los intereses de mora, dijeron fuentes de los tribunales laborales en desacuerdo con esta manera de efectuar los ajustes de los juicios.

Basta un ejemplo: la justicia laboral tiene en sus manos un caso contra un club deportivo de magnitud por la desvinculación de dos profesores de tenis. El monto del juicio, calculado con esta mecánica es de tal magnitud que llevaría a la quiebra al club.

Los camaristas deberían ser 30, pero con las vacantes hay 20 en funciones y el resto se subrogan entre ellos. Están los jueces, los más cercanos al kirchnerismo, que creen que hay que declarar inconstitucional la prohibición de indexar, y del otro lado hay quienes piensan que hay que aplicar el CER y nada más para calcular el interés. Pero en el medio hay otras posturas.

La Cámara Laboral es un tribunal donde el sindicalismo pesa y eso muchas veces lleva a sentencias desmedidas. La CGT de Hugo Moyano y su abogado, el exdiputado Héctor Recalde, maniobraron para ocupar casilleros en el fuero de modo de conseguir sentencias en beneficio de los trabajadores. La camarista Graciela Craig es la esposa de Recalde, que integra el Consejo de la Magistratura. Diana Cañal es camarista cercana al kirchnerismo y denunciada por el macrismo. Gabriel de Vedia, es otro de los jueces con criterio pro trabajadores. Son algunos ejemplos de esta influencia. Quien tenía ascendencia sobre sus colegas en la cámara era Gregorio Corach, juez que llegó a la edad límite para la jubilación y a quien no le dieron un nuevo acuerdo en el Senado.

Actualmente en la Cámara hay diez vacantes. Está en trámite en el Consejo de la Magistratura el concurso 451 destinado a cubrir cuatro vacantes en la Cámara de Apelaciones del Trabajo. Son las vacantes existentes en la Salas 2, 3, 5 y 7. Y además tramita el concurso 486 con el que se busca cubrir otras cuatro vacantes. Falta concursar las otras dos.

Mayoritariamente el concurso 451, que es el más próximo a salir, esta dominado por candidatos cercanos al gobierno bonaerense. Incluso hay una postulante que es hija de un sindicalista. Entre los primeros diez candidatos hay dos jueces de primera instancia: Raul Ojeda y Alberto Calandrino.

Ojeda fue funcionario del Ministerio de Trabajo durante la gestión de Carlos Tomada y Calandrino viene de la vida tribunalicia, donde trabajó hasta los 31 años y luego retomó el cargo a los 48 años. Ojeda integra el grupo de jueces propensos a elevar los montos de sus sentencias, Calandrino en cambio es de los más prudentes. El tercer juez que se encontraba entre los diez primeros, Mariano Candal, renunció al concurso. Más atrás viene el juez Claudio Loguarro. La futura integración de la Cámara laboral es fundamental para el destino del fuero y para valorar la influencia del peronismo bonaerense, en una línea jurisprudencial cuestionado por la Corte Suprema.

Actualmente, el concurso 451 está en las vocalías de los consejeros Alberto Lugones (concejero juez de la Lista Celeste) y Roxana Reyes (consejera diputada radical) para definir el orden de mérito luego de las entrevistas realizadas por el Consejo de la Magistratura. Sobrevuela el fantasma de la influencia de Héctor Recalde, el abogado kirchnerista que es uno de los diseñadores de la Cámara Laboral.

El primer reproche que hizo la Corte a la Cámara por los intereses se dio en el caso Oliva, donde el máximo tribunal anuló un acta que había establecido que se podía aplicar el cobro de intereses sobre intereses. En ese caso el abogado patrocinante de la demanda era Leandro Recalde, hijo de Héctor, representante de los abogados en el Consejo de la Magistratura, y hermano de Mariano, senador nacional de Unión por al Patria.

Tras ese fallo, los camaristas se reunieron y firmaron otra acta donde establecieron un nuevo mecanismo de indemnización, que fue nuevamente esta semana anulado por la Corte. Ese mecanismo, ahora anulado fue el acta 2783 de 2024. Allí se estableció aplicar como mecanismo de indemnización el CER más el 6 por ciento.

Los intereses a aplicar son de dos tipos, moratorios, por las demoras en el pago de la sentencia y compensatorios, por el tiempo transcurrido. El DNU 70 de Milei fijaba un tope para el cálculo de interés: el 3 % más el Índice de Precios al Consumidor. Pero ese DNU en el capítulo laboral fue declarado inconstitucional por los camaristas del trabajo Manuel Diez Selva; Héctor Guisado y Mario Fera. Otra sentencia con el mismo efecto fue firmada por Diana Cañal y Alejandro Peruggini.

En la Ley Bases, en cambio, no quedó establecido cuál es el índice a aplicar, lo fue interpretado por alguno de los camaristas como una señal de que los empresarios quieren algo por debajo de lo que menciona el DNU.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/politica/en-la-justicia-laboral-ajustan-las-indemnizaciones-con-criterios-tan-disimiles-como-los-magistrados-nid29092024/

Comentarios
Volver arriba