Generales Escuchar artículo

Pensiones por invalidez: cuáles son hoy las condiciones para acceder a la asistencia del Estado

“Las pensiones por discapacidad deberían tener como destino solamente a aquel que tenga una discapacidad para trabajar y que requiera esta prestación”. Esta fue una de las frases del vocero p...

“Las pensiones por discapacidad deberían tener como destino solamente a aquel que tenga una discapacidad para trabajar y que requiera esta prestación”. Esta fue una de las frases del vocero presidencial Manuel Adorni en su conferencia de prensa del 19 de julio, en la cual denunció irregularidades en el otorgamiento de pensiones por invalidez y anunció que auditarán cada caso.

Adorni destacó también el crecimiento que tuvieron estas pensiones durante las presidencias de Néstor y Cristina Kirchner, y de Alberto Fernández. En 2003 había 78.585 beneficiarios. Actualmente, se entregan 1.222.000 pensiones.

Ante el anuncio del Gobierno, organizaciones de la sociedad civil y expertos en derechos humanos señalan que, aunque puede haber pensiones mal dadas y siempre es correcto asegurar que no haya corrupción en la gestión de prestaciones sociales, para entender el incremento es necesario repasar cómo cambiaron los criterios en las últimas dos décadas.

¿Quién debería cobrar una pensión por invalidez?

Las pensiones no contributivas por invalidez laboral surgen de la ley 13.478 de 1948, que otorgaba pensiones a mayores de 70 años sin aportes previos. En 1973 se modificó esa ley: el artículo 9 sumó a quienes tuvieran una “invalidez laboral”.

Pero eso ocurrió recién en 1997, cuando se publicó el decreto reglamentario, el 432. Ahí se especificó que por “invalidez laboral” se entendía una disminución de al menos el 76% en la capacidad para trabajar. También había varias restricciones en caso de poseer “bienes para la subsistencia” o contar con familiares que se hicieran cargo de la persona.

Hasta 2003 hubo un cupo de 300.000 pensiones. Ese año se levantó el cupo, luego de años de reclamos de organizaciones de personas con discapacidad.

Pasado el kirchnerismo, el Gobierno de Cambiemos dio de baja muchas pensiones (por lo menos 150.000) con el argumento de que no cumplían los criterios. La medida fue judicializada y el Ejecutivo debió devolver un gran porcentaje de ellas.

El año pasado, distintos decretos flexibilizaron los criterios. Primero el decreto 7, que eliminó la condición del 76% de incapacidad laboral para cobrar la pensión, y estableció que el beneficio será para personas “imposibilitadas, en virtud de su condición de salud y vulnerabilidad social, para la plena inclusión”.

Una resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis) precisó que esta condición de vulnerabilidad social implica cobrar menos de cuatro jubilaciones mínimas y, por ejemplo, en caso de poseer un inmueble en el que no se resida o un auto con menos de 10 años de antigüedad, poder justificar estos bienes.

Más tarde, el decreto 566 también hizo las pensiones compatibles con el empleo formal. Esto último también era reclamado por personas con discapacidad: muchas veces, un trabajo precario e inestable, por ejemplo, les impedía cobrar la pensión.

Así, hoy las pensiones deben darse, según la normativa vigente, a quienes estén “imposibilitadas, en virtud de su condición de salud y vulnerabilidad social, para la plena inclusión”.

La pensión equivale al 70 % de la jubilación mínima, es decir que hoy está en 157.818,09 pesos, más un bono de 70.000.

La dificultad para conseguir trabajo

Si bien entre 2003 y 2015 regía el decreto que señalaba que la causa era invalidez laboral, en ese período aparece la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, un recurso en el cual podría ampararse el Ejecutivo para flexibilizar el criterio. Es que la Convención exige garantizar “un nivel de vida adecuado” y reconoce el “derecho de las personas con discapacidad a la protección social” y a la “asistencia del Estado para sufragar gastos relacionados con su discapacidad”.

“Hay gente que debería cobrar si interpretás los requisitos conforme a los tratados internacionales, en particular al artículo 28 de la Convención”, explica Celeste Fernández, abogada de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, en alusión a la convención.

La Argentina adhirió a este documento de Naciones Unidas en el 2008, con la sanción de la ley 26.378. La convención, en nuestro país, tiene jerarquía constitucional (ley 27.044).

“Un certificado médico no debe definir si una persona puede o no trabajar. La convención piensa la discapacidad como una construcción social, que surge de la interacción de la persona con un déficit biológico, y su entorno. Un médico hace un certificado con un diagnóstico, pero eso no es la discapacidad”, añade Marcelo Betti, presidente de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (RED).

“El criterio de la pensión era cubrir las dificultades para conseguir trabajo. Y la discapacidad siempre fue una gran dificultad, porque no se contrata a las personas; no veíamos entonces inconveniente en que se ampliara la cantidad de pensiones”, coincide Pablo Molero, coordinador del Foro Permanente para la Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad. “La flexibilización respondía a la situación de personas que no iban a encontrar trabajo y que estaban en la pobreza”, añade.

En ese sentido, el 86,7% de los mayores de 14 años con certificado de discapacidad no tiene trabajo, según el último anuario estadístico de la Agencia Nacional de Discapacidad.

La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis) no respondió a los pedidos de LA NACION de explayarse sobre este tema.

Según Fernández, la Convención aporta “un criterio mucho más abierto que el anterior” y eso podría explicar parte del incremento en el número de pensiones.

La abogada ahonda en que algunas de las restricciones previas a los decretos del año pasado atentaban contra la inclusión. Por ejemplo, el decreto 432 excluía del beneficio a personas que tuvieran un familiar que estuviera legalmente obligado a proveerle alimentos. “Esto atentaba contra la vida independiente. Si tenés un pariente rico, ¿por qué tiene que mantenerte siendo una persona adulta?”.

Y pone otro ejemplo: muchas pensiones se sacaron en 2018 porque se entendía que al poseer bienes como un auto se tenía “un bien para la subsistencia” en los términos del decreto 432. Pero muchas personas con discapacidad física lo necesitan para movilizarse porque el transporte público no es accesible”.

¿Flexibilizar los criterios resulta más inclusivo?

“No sé qué hacer con alguien con discapacidad”, le dijeron en una entrevista a Johana Ureña, que tiene 40 años, una discapacidad visual y que se topó con muchas negativas antes de lograr un trabajo estable (hoy es operadora de mora temprana en el Banco Santander).

“Los prejuicios van mucho más allá de lo que un médico puede decir respecto del supuesto ‘porcentaje’ de discapacidad. Una persona con síndrome de Down no tiene un 76% de incapacidad laboral (y nadie tiene incapacidad laboral en general), pero los prejuicios sociales pueden hacer que no la contraten, entonces estará igualmente excluida”, aclara Fernández.

“Las barreras más difíciles que enfrentamos las personas con discapacidad tienen que ver con lo actitudinal. Cuando un reclutador tiene en frente a alguien con discapacidad los prejuicios se le vienen encima. Hacen preguntas con infantilización, como ‘¿vivís solita?’. No nos ven como personas productivas”, cuenta Ureña. Dice que ella tuvo que explicar, en varias entrevistas, que usa un lector de pantalla para trabajar (un software que reproduce en audio el contenido de la pantalla).

Pero en paralelo con estas barreras, las personas con discapacidad deben, en muchos casos, afrontar costos que el resto de las personas no tienen. “Por ejemplo, mayores gastos por transporte accesible, gastos de asistencia personal para la vida diaria, gastos para el cuidado de su salud, etc. Y, a su vez, tiene menores ingresos por acceder a empleos más precarios o ni siquiera poder acceder a empleos (la tasa de actividad es mucho menor al promedio de la población)”, dice Betti, de REDI. “Por ello es necesaria la existencia de un sistema de pensiones o asignaciones que contribuya a equiparar esa desigualdad”, remarca.

Más informaciónDiscapacidadyderechos.org.ar es un sitio web creado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) para ayuda a personas con discapacidad a conocer sus derechos, entre los que figuran el acceso a la pensión no contributiva.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/comunidad/pensiones-por-invalidez-cuales-son-hoy-las-condiciones-para-acceder-a-la-asistencia-del-estado-nid14082024/

Comentarios
Volver arriba