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Las jubilaciones en el ring de la política: los efectos que tendría el proyecto votado en Diputados

El proyecto sobre jubilaciones votado en Diputados, tras un acuerdo entre los bloques de la UCR, Hacemos Coalición Federal y el kirchnerista Unión por la Patria implicaría, si se convirtiera en ...

El proyecto sobre jubilaciones votado en Diputados, tras un acuerdo entre los bloques de la UCR, Hacemos Coalición Federal y el kirchnerista Unión por la Patria implicaría, si se convirtiera en ley y si esa ley quedara vigente, una suba de los haberes retroactiva a abril de 7,2%, y la posibilidad de que en marzo de cada año haya un aumento adicional a los reajustes mensuales por inflación (reajustes que, en la práctica, ya se están otorgando, dado lo establecido por el decreto de necesidad y urgencia 274. Además, habría una garantía de ingreso mínimo, que reemplazaría en la práctica a los bonos.

El aumento del 7,2% (que se detalla más adelante) sería para compensar parte de la inflación de enero. Ese mes fue uno de tantos en los que en los últimos años los jubilados perdieron poder de compra, algo que, no sin oportunismo político, en varios discursos políticos parece haber quedado en el olvido.

Solo en 2023, con la fórmula de movilidad del gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner y con una política discriminatoria y discrecional de pago de bonos, las jubilaciones perdieron entre 14,2% y 37,4% de su poder adquisitivo. Si se comparan los ingresos de diciembre de 2023 con los de septiembre de 2017 (incluidos los bonos), la caída de la capacidad de compra fue de entre 26,2% y 55,4%, dependiendo del monto de los haberes.

Las medidas bajo tratamiento en el Congreso tendrían un costo fiscal de 0,45% del PBI, según una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), actualizada con los últimos cambios al texto. A eso se sumaría el impacto derivado de un artículo en particular, que busca emplazar a la Anses para que salde las deudas del Estado con un grupo de provincias por el déficit de las cajas previsionales no transferidas a la Nación, y para que pague también las deudas con los jubilados que tienen sentencias firmes, por juicios que hicieron a raíz de la mala liquidación de sus haberes en los últimos años.

Para esta disposición sobre el pago de deudas, el proyecto original impulsado por la UCR indicaba que se usarían recursos provenientes del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) que, pese a su nombre, no garantiza en la práctica que el sistema sea sustentable, ni guarda recursos para pagar prestaciones futuras (ya que no rige un régimen de capitalización). Para el objetivo de la sustentabilidad, en rigor, el desafío es generar condiciones para que haya más y mejores puestos de trabajo por los que se contribuya al régimen.

La pretendida instrucción a la Anses para usar el FGS, una cláusula tendiente a resolver el origen de los recursos, fue eliminada a pedido del kirchnerismo. El texto votado dice que las deudas deberán saldarse en un plazo de seis meses –prorrogable por otros seis– con recursos de los impuestos que tienen su recaudación, o parte de ella, asignada a la Anses. En realidad, eso implica no establecer una fuente de recursos, porque los pagos previsionales hoy se financian con aportes y contribuciones y con los aludidos impuestos de asignación específica y, aun así, hay un déficit que cubre el Tesoro, según datos publicados por la subsecretaría de Seguridad Social.

Una ley ya vigente, la 24.463, según recuerda el exjuez de la Cámara Federal de la Seguridad Social, Luis Herrero, ya prevé plazos para los pagos de sentencias a favor de los jubilados: deben hacerse, según lo allí establecido, en 120 días hábiles. En la práctica, eso no se cumple.

Tras la votación del proyecto, el presidente Javier Milei ratificó en duros términos lo que ya había advertido: que vetará cualquier ley que tenga un costo fiscal sin que prevea el financiamiento. “Les dejo este tweet para que le quede claro a todo el mundo –posteó el miércoles en la red social X–; no voy a entregar el equilibrio fiscal de ningún modo. Defenderé la caja a puro veto si es necesario. A puro déficit fiscal empobrecieron al país, por lo que de ningún modo voy a permitir que se repita”.

“El proyecto aprobado tiene un costo fiscal de 0,45% del PBI y solo devuelve a los jubilados lo que la inflación de enero les sacó (su propia licuadora) –le respondió en X el diputado radical Martín Tetaz–. Si el equilibrio fiscal que usted viene a proponer es ajustar a los jubilados, entonces no trae ningún cambio; es el mismo ajuste que hizo Sergio Massa el año pasado. Tenga en cuenta que el proyecto radical se aprobó con 2/3 del congreso, que es el número que se necesita para insistir si usted veta”.

El episodio lleva a recordar el veto de la expresidenta Cristina Kirchner, que anuló en 2010 una ley que garantizaba que el haber básico no fuera inferior al 82% del salario mínimo. Hoy esa garantía rige, pero por una ley de la gestión de Mauricio Macri, y ampara a quienes obtuvieron su jubilación sin moratoria (entre quienes tienen el haber mínimo, solo cumple esa condición menos del 10%).

A continuación, las claves de la iniciativa votada en Diputados.

Movilidad mensual

La eventual ley establecería que los haberes suban cada mes en porcentajes equivalentes a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Indec (es decir, que aumenten según la inflación).

Desde abril último los reajustes ya son mensuales y por inflación. Así lo dispuso el DNU 274, luego de que las prestaciones se habían congelado en enero y febrero y habían subido en marzo un 27,18%, según el índice resultante de la fórmula puesta en vigencia en 2021. La modalidad actual (y la incluida en el proyecto) indica que debe observarse la inflación de dos meses atrás. En julio se usará el IPC de mayo; en agosto, el de junio, y así sucesivamente.

Desde el inicio del año y hasta mayo, la suba de los haberes (no del bono) acumuló un 79,9%, contra una inflación estimada en alrededor de 75%. De esa forma, el mes pasado los ingresos recuperaron el valor de compra de diciembre último. Con el reajuste dispuesto para el actual mes de junio, la suba de los ingresos jubilatorios acumulada en el primer semestre del año será de 95,75%.

En materia de cómo se otorgarían los incrementos mensuales no habría cambios respecto de lo que ya está vigente.

Aumento anual adicional

Para determinar los haberes en cada mes de marzo, además de aplicarse la suba según la inflación de enero, se observaría qué ocurrió en el año previo con la variación de los salarios según el índice Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) y con el índice de precios. Si el primer indicador supera al segundo, el 50% de la diferencia definiría un aumento extra.

Por ejemplo: si el Ripte avanzó en un año 110% y los precios, un 100%, los haberes tendrían una mejora de 5% por sobre la recomposición por inflación. Esta cláusula se aplicaría por primera vez (o no, dependiendo del comportamiento de las variables) en marzo de 2025.

Incremento compensatorio

El proyecto busca disponer que se otorgue “a partir de abril de 2024″ un “incremento compensatorio adicional y acumulativo al 12,5%” dispuesto por DNU, “a fin de alcanzar el 20,6% de la variación porcentual mensual del IPC elaborado por el Indec de enero de 2024″.

De eso se deriva que habría un alza de 7,2%. La medida tiende a reforzar la suba otorgada en abril: ese mes los haberes subieron 27,4%, un índice resultante de considerar la inflación de febrero, de 13,2%, y de adicionar de forma acumulativa un 12,5%. Con el extra de 7,2%, el aumento de abril se llevaría de 27,4% a 36,5%.

Si eso se aprobara, el haber mínimo de abril rondaría los $183.600, en lugar de los $171.283 abonados; el de mayo sería de alrededor de $203.800 en vez de $190.141, y el de junio sería de aproximadamente $221.800, en vez de $206.931. El Gobierno debería pagar las diferencias por esos períodos, de manera retroactiva.

Todos los haberes, no solo el mínimo, subirían según la regla que se busca disponer. La jubilación máxima, este mes de $1.392.450, rondaría según la iniciativa los $1.492.700.

¿Por qué el Gobierno no consideró la inflación de enero al otorgar los aumentos, pese a la pérdida de poder adquisitivo? El cambio establecido por DNU implica que para el reajuste de junio aún rija, formalmente, la fórmula de movilidad de la ley 27.609, vigente desde 2021 (basada en la variación de salarios y de la recaudación impositiva y con un tope anual a los incrementos que fue aplicado en diciembre de 2023, perjudicando fuertemente a los jubilados). En el cálculo del índice para la suba de junio está contemplado lo ocurrido en enero, febrero y marzo con las variables implicadas. Es decir, el primer mes del año está incluido, según el DNU, en el período de vigencia de la modalidad de reajustes de la ley 27.609. Al trimestre de abril a junio se lo definió como de transición o empalme: rige aún la movilidad “vieja”, pero en la práctica se otorgan “a cuenta” subas mensuales y por inflación.

Ingreso mínimo garantizado

La iniciativa busca establecer, para quienes cobran una única prestación del sistema previsional, la garantía de que su ingreso total no sea inferior al valor de la canasta básica total para un adulto que define el Indec para la medición de la pobreza, multiplicado por 1,09. El último dato disponible es el de abril: la canasta tuvo ese mes un valor de $268.012,36 que, multiplicado por el coeficiente propuesto, da $292.133,47.

Este último importe es prácticamente igual al que se obtiene de incrementar el haber mínimo actual en un 7,2% y sumarle el bono de $70.000. Por eso, aunque el texto de la iniciativa no lo mencione, se entiende que el suplemento derivado de esta garantía de ingreso mínimo reemplazaría a los bonos actuales, cuyo pago depende de decisiones discrecionales del Poder Ejecutivo. El refuerzo o “ayuda económica previsional” de hasta $70.000 que se cobrará este mes fue establecido por el decreto 440, mientras que aún no se sabe qué ocurrirá en julio con ese adicional.

Régimen de transparencia

El texto votado, impulsado básicamente por el radicalismo, incluye un capítulo referido a un “régimen de transparencia”. La propuesta es que todos los años la Secretaría de Seguridad Social (que depende actualmente del Ministerio de Capital Humano) elabore “un informe de sustentabilidad económica, financiera y actuarial de los subregímenes previsionales administrados por la Nación”, que debería elevar a una comisión bicameral del Congreso.

También se propone que en el plazo de dos años, contados desde la vigencia de la eventual ley, la Anses esté obligada a generar un informe personalizado con los aportes de cada trabajador, que incluya simulaciones sobre cuáles serían sus haberes en el futuro.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/economia/las-jubilaciones-en-el-ring-de-la-politica-los-efectos-que-tendria-el-proyecto-que-se-voto-en-nid09062024/

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