Injustificadas detenciones
La detención dispuesta por la Justicia de Jujuy de dos hombres que postearon en redes sociales mensajes referidos a una supuesta infidelidad de la esposa del exgobernador provincial Gerardo Morale...
La detención dispuesta por la Justicia de Jujuy de dos hombres que postearon en redes sociales mensajes referidos a una supuesta infidelidad de la esposa del exgobernador provincial Gerardo Morales ha provocado justificables cuestionamientos entre expertos en derecho.
Nahuel Morandini fue arrestado por publicar un tuit en el que formuló un comentario ofensivo hacia la mujer del exgobernador jujeño, en tanto Roque Villegas fue detenido por repostear en su cuenta de Facebook mensajes sobre la mencionada supuesta infidelidad. Ambos permanecieron en prisión durante 53 días, acusados por lesiones psicológicas a la esposa de Morales y afectación a la identidad de su hija.
Avanzada la causa, el fiscal introdujo contra Morandini una conversación que este mantuvo en un grupo privado de WhatsApp, en la que daría por cierta la infidelidad. De igual modo, la Justicia jujeña había solicitado la captura de una mujer, Lucía González, que también había comentado en WhatsApp el citado rumor.
Distintos especialistas en derecho penal y constitucional, como Alejandro Carrió, han sostenido que no debería utilizarse el derecho penal para castigar conductas que, de haber provocado algún daño, deberían ser juzgadas de acuerdo con el derecho civil, que permite reparar el perjuicio mediante indemnizaciones. En tal sentido, consideró “una enormidad” que ambas personas hayan sido privadas de su libertad, algo que juzgó inconstitucional, al tiempo que las imputaciones resultarían “desmedidas”. La constitucionalista María Angélica Gelli coincidió en que la prisión preventiva dispuesta constituye “una exageración”.
Tanto la Convención Americana de Derechos Humanos como la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos han determinado que cuando el ejercicio de la libertad de expresión afecta derechos de terceros, violando su honor, la responsabilidad ulterior debe ser primordialmente civil y solo excepcionalmente penal. En la Argentina, tanto la calumnia como la injuria han sido despenalizadas, por lo que pueden ser pasibles de multas, pero no de prisión.
El exgobernador Morales sostuvo que estamos ante “una conspiración” para dañarlo a él y a su familia, y que el delito en cuestión no es el de tuitear, sino que se relaciona con “la organización, planificación y divulgación de acciones que ha llevado adelante un grupo de personas para instalar la infamia” y “para tornar incierta” la identidad de su hija.
Si bien ningún derecho puede ser absoluto y no corresponde escudarse en la libertad de expresión para calumniar o injuriar, es preciso señalar que la criminalización de la libertad de expresión no resulta admisible y representa un grave peligro para las instituciones.
Fuente: https://www.lanacion.com.ar/editoriales/injustificadas-detenciones-nid01032024/